Reajuste de Avalúos de Bienes Raíces
Los avalúos de los bienes raíces agrícolas y no agrícolas y los montos exentos, vigentes al 31 de diciembre y al 30 de junio de cada año, se reajustarán semestralmente a contar del 1 de enero y 1 de julio, respectivamente, en el mismo porcentaje que experimente la variación del Indice de Precios al Consumidor (IPC), calculado por el Instituto Nacional de Estadísticas, en el semestre inmediatamente anterior a aquel en que deban regir los avalúos reajustados. Para el Primer Semestre del Año 2016 los valores se reajustan aplicando el factor de 1,020 respecto del semestre anterior.
EXENCIONES
SERIE |
DESTINO |
MONTO EXENTO |
AGRICOLA |
Agrícola propiamente tal |
$11.371.516 |
Casa patronal |
$ 8.692.378 |
|
NO AGRICOLA |
Pleno Derecho |
$ 171.766 |
Habitacional |
$21.934.249 |
MONTO CAMBIO DE TASA BIENES RAÍCES HABITACIONALES
$ 78.336.595
(en $ del 01.01.2016)
para avalúos menores o iguales de este monto la tasa de impuesto es 0,98%
y para la parte que exceda este valor es de 1,143%.
(Fuente: Página
Web
S.I.I.)