Reajuste
de Avalúos de Bienes Raíces
Los avalúos de los bienes raíces agrícolas y no agrícolas y los montos
exentos, vigentes al 31 de diciembre y al 30 de junio de cada año, se
reajustarán semestralmente a contar del 1 de enero y 1 de julio, respectivamente,
en el mismo porcentaje que experimente la variación del Indice
de Precios al Consumidor (IPC), calculado por el Instituto Nacional de
Estadísticas, en el semestre inmediatamente anterior a aquel en que deban regir
los avalúos reajustados. Para el Primer Semestre del Año 2015 los
valores se reajustan aplicando el factor de 1,02100 respecto del
semestre anterior.
EXENCIONES
SERIE |
DESTINO |
MONTO EXENTO |
AGRICOLA |
Agrícola propiamente tal |
$ 8.320.273
|
Casa patronal |
$ 8.330.337
|
|
NO AGRICOLA |
Pleno Derecho |
$ 164.612
|
Habitacional |
$ 21.020.690
|
MONTO CAMBIO DE TASA BIENES RAICES HABITACIONALES
$ 75.073.884 (en $ del 01.01.2015) para avalúos menores o
iguales de este monto la tasa de impuesto es 0,98% y para la parte que
exceda este valor es de 1,143%. (Fuente: Página web S.I.I.)